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Ley y Norma de Vidrios Polarizados en Chile

  • Foto del escritor: WILLIAN RIBAS
    WILLIAN RIBAS
  • hace 2 horas
  • 6 Min. de lectura

Guía completa y actualizada de la normativa (2025) norma de polarizado en Chile



El uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos en Chile está regulado por la Ley de Tránsito (Ley N°18.290) y por diversos decretos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones que establecen las condiciones técnicas para su uso.


Esta normativa define:

  • en qué vidrios se pueden instalar láminas

  • cuánta luz deben dejar pasar

  • qué tipos de vehículos tienen reglas distintas


Por ejemplo, existen exigencias especiales para taxis y transporte escolar.


En esta guía se explica la normativa vigente de forma clara para evitar multas, problemas en fiscalizaciones o rechazos en la revisión técnica.



Marco legal de los vidrios polarizados en Chile, norma de polarizado


La regulación actual no proviene de una sola ley, sino de una serie de modificaciones realizadas a lo largo de varios años.


El punto de partida fue la Ley N°21.147, que modificó el artículo 75 de la Ley de Tránsito y permitió el uso de vidrios oscuros o polarizados en vehículos, siempre que existiera un reglamento técnico que estableciera sus condiciones.


A partir de esa modificación legal, el Ministerio de Transportes dictó distintos decretos que terminaron definiendo la normativa vigente.


Decreto Supremo N°22 de 2006


El Decreto Supremo N°22 de 2006 establece los requisitos técnicos que deben cumplir distintos elementos de seguridad de los vehículos motorizados, entre ellos los vidrios de seguridad.


Este decreto constituye la base del reglamento que regula actualmente el uso de láminas en los vidrios de los vehículos.


Decreto Supremo N°70 de 2019


El DS N°70 de 2019 modificó el DS N°22 de 2006 para regular específicamente el uso de láminas oscuras o polarizadas en los vidrios de los vehículos motorizados.


Este decreto definió por primera vez:

  • los factores mínimos de transmisión de luz

  • las condiciones técnicas para instalar láminas

  • el sistema de verificación en las Plantas de Revisión Técnica


El decreto fue publicado el 11 de marzo de 2020.


Modificaciones posteriores durante la pandemia


Debido a la pandemia de COVID-19, se dictaron decretos posteriores que postergaron la implementación de las mediciones de transmisión de luz en las Plantas de Revisión Técnica, para permitir que las plantas adquirieran los equipos necesarios.


Decreto Supremo N°60 de 2021


El DS N°60 del 16 de septiembre de 2021, publicado el 14 de febrero de 2022, volvió a modificar el reglamento, introduciendo cambios importantes.


Entre ellos:


  • modificación de la tabla de transmisión mínima de luz

  • ajustes a los requisitos para distintos tipos de vehículos

  • definición de responsabilidades para instaladores de láminas



Decreto N°2 de 2023


El Decreto N°2 de 2023, publicado el 27 de abril de 2023, introdujo nuevas modificaciones al artículo 16 del DS N°22.


Entre otras cosas:


  • aclaró las condiciones para láminas de seguridad

  • modificó disposiciones técnicas sobre transmisión de luz

  • actualizó el reglamento para distintos tipos de vehículos

  • eliminó la obligatoriedad de sellos en relieve

  • eliminó la obligatoriedad de certificado de instalación


Sello "Ministerio de Transportes" y certificado tachados con una X roja. Texto: "Eliminado/No requerido", indica cambios legales.
No es obligatorio sello ni certificado

Clasificación de vehículos según la normativa


La regulación sobre polarizados distingue entre distintos tipos de vehículos.


Vehículos livianos


Se consideran vehículos motorizados livianos aquellos con peso bruto vehicular menor a 2.700 kg.


Ejemplos comunes:

  • automóviles

  • hatchback

  • station wagon

  • SUV

  • camionetas pickup

  • furgones livianos

  • taxis


Vehículos medianos


Son aquellos con peso bruto vehicular igual o superior a 2.700 kg e inferior a 3.860 kg.

Ejemplos:

  • minibuses

  • furgones de transporte

  • algunos vehículos comerciales


Taxis y transporte escolar


La normativa establece exigencias especiales para:

  • taxis

  • vehículos de transporte escolar


En estos vehículos los límites de transmisión de luz son más estrictos en los vidrios traseros.


Vehículos pesados


La normativa establece que:


  • Vidrios de visión directa del conductor:Prohibido instalar láminas.

  • Demás vidrios:Se permite hasta 1% de transmisión luminosa, y no se realizan mediciones en revisión técnica.

Infografía: Categorías vehiculares. 1. Livianos, 2. Taxis, 3. Pesados. Detalles de peso y tipo en fondo cuadriculado. Flechas y símbolos.
Categorías Vehículares

Dónde se pueden instalar láminas polarizadas


Las láminas deben:


  • instalarse en la cara interior del vidrio

  • no ser reflectivas ni espejadas

  • no ser de color ámbar, amarillo, rojo o azul, ni cualquiera de sus matices

  • no obstaculizar la tercera luz de freno


Parabrisas


El parabrisas no puede tener láminas instaladas.

Esto incluye:

  • láminas polarizadas

  • láminas transparentes (Clear)

  • láminas anti-UV

  • láminas de seguridad con o sin color


Dibujo de un auto con parabrisas rojo. Texto indica prohibición de láminas en él. Fondo cuadriculado, mensaje "0%/PROHIBIDO".
Prohibido Láminas en Parabrisas

Vidrios laterales delanteros


Se permite instalar láminas, pero deben dejar pasar al menos 70% de la luz.

Esto significa que el polarizado no puede ser muy oscuro.


Diagrama de un auto con vidrios laterales azules. Texto indica nivel mínimo de luz del 70% y explicación sobre el control UV.
Puertas Delanteras

Vidrios laterales traseros


En los vidrios laterales traseros se permite menor transparencia.

  • Vehículos livianos y medianos: mínimo 28% de transmisión de luz

  • Taxis y transporte escolar: mínimo 50%


Infografía de vehículos: SUV y van mostrando transmisión de vidrios. SUV 28%, van 50% laterales y 70% luneta trasera. Fondo cuadriculado.
Parte trasera de Vehículos

Luneta trasera


La luneta trasera sigue una lógica similar:

  • Vehículos livianos y medianos: mínimo 28%

  • Taxis y transporte escolar: mínimo 70%



Porcentajes mínimos de transmisión de luz


Tabla de transparencia vehicular. Vidrios delanteros: 70%, traseros: 28% y 50%, luneta trasera: 28% y 70%. Texto adicional sobre vehículos pesados.
Grafico de % de transparencia en vidrios

La normativa establece cuánto debe dejar pasar la luz a través del conjunto vidrio + lámina.


Es importante entender que no se trata del porcentaje comercial del polarizado, sino del resultado final una vez instalado en el vehículo.


Vehículos livianos y medianos

  • Vidrios laterales delanteros: 70% mínimo

  • Vidrios laterales traseros: 28% mínimo

  • Luneta trasera: 28% mínimo


Taxis y transporte escolar

  • Vidrios laterales delanteros: 70% mínimo

  • Vidrios laterales traseros: 50% mínimo

  • Luneta trasera: 70% mínimo


Vehículos pesados

  • Vidrios de visión directa del conductor: no se deben instalar láminas

  • Demás vidrios: 1% de transmisión luminosa (sin medición en revisión técnica)


Ecuación sobre rechazo de lámina: vidrio más lámina igual a transmisión final. Advertencia sobre vidrios de fábrica. Fondo cuadriculado.
Ecuación Vidrio + Lámina

Vidrios oscurecidos de fábrica


En versiones anteriores del reglamento existía una exclusión para los vidrios oscurecidos de fábrica. Sin embargo, en la versión final esa exclusión fue eliminada.


Por lo tanto, prevalece el porcentaje de transmisión permitido, incluso cuando el vidrio ya es oscurecido de fábrica.


Si al instalar una lámina el resultado final queda por debajo del porcentaje permitido, no se debe realizar la instalación.


Cómo se mide el polarizado en la revisión técnica


Las Plantas de Revisión Técnica (PRT) utilizan un medidor de transmisión de luz autorizado por el MMTT. Este equipo mide cuánta luz pasa realmente a través del conjunto vidrio + lámina. Si el valor está por debajo del mínimo permitido, el vehículo puede ser rechazado en la revisión técnica.


Tolerancia en las mediciones


En la práctica existe una tolerancia aproximada cercana al 5% hacia abajo, debido a variaciones entre equipos de medición.


Esta tolerancia es utilizada de forma práctica, aunque no está explícita en la normativa.


Ejemplos

  • Puerta delantera con 65% o más → APROBADO

  • Puerta delantera con 64% o menos → RECHAZADO


  • Puerta trasera de taxi con 45% o más → APROBADO

  • Puerta trasera de taxi con 44% o menos → RECHAZADO


Requisitos técnicos para instalar láminas


Para cumplir la normativa, las láminas deben:

  • instalarse por dentro del vidrio

  • no ser reflectivas

  • instalarse en una sola pieza por vidrio

  • no producir distorsión visual

  • no tener colores ámbar, amarillo, rojo, verde o azul

Además, el vehículo debe contar con espejos retrovisores exteriores en ambos lados.


Gráfico sobre la tercera luz de freno y su instalación. Incluye medidas y texto explicativo sobre corte preciso y normativa. Fondo cuadriculado.
Polarizado y la Tercera luz de Freno

Errores comunes que causan rechazo en revisión técnica


  • Instalar lámina en el parabrisas, incluso si es transparente

  • Vidrios delanteros demasiado oscuros

  • Confiar en el porcentaje comercial de la lámina

  • Usar láminas reflectivas o espejadas

  • Usar láminas de colores decorativas

  • Instalar láminas por fuera del vidrio

  • Instalaciones con franjas o uniones

  • Instalaciones con suciedad o ampollas que dificulten la visibilidad

  • Obstaculizar la tercera luz de freno


Resumen de la normativa


Siguiendo las condiciones de la normativa:

  • respetar los porcentajes de transmisión del conjunto vidrio + lámina

  • instalar las láminas por el lado interior

  • no cubrir la tercera luz de freno

  • utilizar láminas no reflectivas ni de colores


no existe otro elemento obligatorio como sellos o certificados adicionales.


La verificación del porcentaje de transmisión se realiza mediante medidores autorizados por el MMTT, y la responsabilidad del instalador recae conforme a la Ley del Consumidor, sin necesidad de certificado.


Carabineros o inspectores municipales pueden cursar infracciones por:

  • láminas en el parabrisas

  • láminas reflectivas o de colores

  • obstrucción de la tercera luz de freno


Pero para cursar infracciones por transmisión de luz fuera de norma, es necesario contar con un medidor autorizado por el MMTT.


Esta guía tiene carácter informativo y resume la normativa vigente sobre vidrios polarizados en Chile.

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